Lo ultimo en el Foro
  • Perro spaniel encont...
  • Acogida urgente para...
  • Cachorros mestizos, ...
  • Acogida para perra b...
  • Dulce, perra terrier...
  • Mimo, perro terrier ...
  • Perro mestizo joven ...
  • Perreras en españa...
  • Rantamplar, perro la...
  • ¿perro con trauma?...
  • Perro en adopción en...
  • Calendario benéfico ...
  • Boby, perro joven me...
  • Intento de envenenam...
  • Espectáculo de danza...
  • Animalistas
    Elrefugio Peta WSPA Pacma Igualdad Animal Equanimal Aspca Anaa Altarriba Apasos Vitoria Apap Alcalá
    Ultimas noticias
    
    Pautas para planear viajes con mascotas Imprimir E-mail
    Escrito por Mordisquitos   
    Viernes, 07 de Agosto de 2009 01:09

    Antes de iniciar un viaje con su mascota, debe tener en cuenta que los desplazamientos de los animales de compañía están regulados por normas sanitarias comunitarias o nacionales para garantizar su salud y la de las personas. Existen requisitos para viajar con mascotas, tanto en alojamientos donde debemos consultar su admisión, como en certificados sanitarios y pasaporte al cruzar las fronteras para realizar viajes internacionales.

    En España, según la Ley 10/1990, de 27 de agosto, de protección y defensa de los animales de compañía. (BOE n. 33 de 7/2/1991), el transporte de animales debe hacerse cumpliendo una serie de requisitos que garanticen el bienestar de los mismos. En base a esto, los animales deberán disponer del espacio suficiente durante el viaje. Los medios de transporte o los trasportines deberán estar diseñados para proteger a los animales de la intemperie y de los cambios de temperatura bruscos, debiendo llevar una etiqueta que indique la presencia de animales vivos. El habitáculo donde se transporten los animales deberá mantener unas buenas condiciones higiénico-sanitarias y se deberá comprar periódicamente que el animal no ha orinado, defecado o vomitado en su interior, limpiándolo rápidamente si esto ocurriera. Si los animales son agresivos, su traslado se hará con las medidas de seguridad necesarias.

    Viajar en coche con mascotas


    Si el animal viaja con usted en su coche, debe cumplir las normativas de seguridad vial, además de las de bienestar durante el viaje. Según el artículo 11 de la Ley de Seguridad Vial, los animales deberán viajar dispuestos en el vehículo de tal forma que no interfieran con la conducción, no pudiendo invadir el espacio de la cabina ocupado por el conductor. Para ello, se deben emplear medidas de contención suficientemente sólidas para que el animal no pueda soltarse ni acceder al asiento delantero. Tampoco pueden restar visibilidad, de modo que perros de razas grandes no podrán acomodarse en los asientos.

    En el artículo 18 del Reglamento General de Circulación (“otras obligaciones del conductor”) podrá encontrar las multas aplicables en función del hecho denunciado. En cuanto a las medidas de bienestar animal, es importante que pare el vehículo de vez en cuando para que el animal pueda estirarse y hacer sus necesidades. Además, su mascota deberá poder beber agua cada cierto tiempo (pregunte a su veterinario con qué frecuencia debe suministrar agua a su mascota en función de su raza y su estado sanitario). Si el viaje es muy largo, también puede ser aconsejable que le suministre alimento en algún momento. Si su mascota se marea en los viajes, antes de salir consulte a su veterinario la conveniencia de administrar algún tranquilizante o algún medicamento que prevenga el mareo. En el caso de estos animales, no es conveniente que ingieran ningún alimento en las horas previas al viaje, ya que esto empeorará el malestar del animal y es posible que vomite.

    Viajar en tren con mascotas


    El transporte de animales en tren depende de la distancia del viaje. Los únicos animales que son admitidos sin condiciones, de acuerdo a la legislación vigente, son los perros lazarillos que, además, podrán viajar en todos los trenes de forma gratuita. El resto de animales de compañía no siempre son admitidos y, cuando se les acepta, se imponen unos requisitos que se especifican a continuación.

    Trenes de alta Velocidad – Larga Distancia: En estos recorridos se aceptan animales siempre que no se oponga el resto de los viajeros. El dueño debe hacerse responsable de las molestias y daños que pueda ocasionar el animal, y deberá portar siempre la cartilla sanitaria o pasaporte. El transporte se limitará a perros, gatos, hurones y aves (excepto las de corral), cuyo peso máximo no exceda de 6 Kg. Se admitirá como máximo un solo animal por viajero, siempre dentro de una jaula, que no debe superar los 60 x 35 x 35 cm. de medida, y deben disponer de algún dispositivo que permita contener y retirar los residuos. En “coche cama” está permitido su transporte en departamentos/cabinas completas (modalidad familiar). El importe a abonar será el 50% del billete de la Tarifa General del tren y clase correspondiente en el que se efectúe el viaje, no pudiéndose acoger a otras tarifas o descuentos. En AVE existe la posibilidad de que la jaula del animal ocupe una plaza y se le aplicará la Tarifa General o de Ida / vuelta en la clase que corresponda.

    Media Distancia: En los recorridos de Media Distancia se admiten animales domésticos, siempre que vayan acompañados por una persona responsable y si no se oponen los otros viajeros. El acompañante de los animales será responsable de los daños que estos pudieran ocasionar. Los animales deberán ir acompañados de su cartilla sanitaria, y en las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad previstas en la legislación vigente. El transporte se limitará a pequeños animales, como perros, gatos y aves, cuyo peso máximo no exceda de seis kg. y se acepta un solo animal por viajero, siempre dentro de una jaula (cuyas dimensiones no deben superar 60x 35x 35 cm) con dispositivo que permita contener y retirar los residuos. Cuando todas las plazas estén ocupadas, puede ocurrir que no acepten a los animales, o que se establezca un número máximo de animales aceptados por tren y coche, por lo que conviene que consulte con RENFE antes de del viaje. En los recorridos de Media Distancia, el animal no podrá ocupar asiento ni podrá disponer de reserva de plaza. El precio será el establecido en la tarifa vigente.

    Trenes cercanías: Se admiten mascotas, siempre que vayan acompañadas de una persona responsable, y no se opongan los demás viajeros. En estos no se cobra por el transporte ni es preciso emitir billete, aunque Cercanías podrá limitar su transporte a los trenes, horarios y estaciones que se autoricen en cada Núcleo.

    Viajar en avión con mascotas


    Normalmente, las aerolíneas transportan a los animales en la bodega del avión, siendo aceptados como equipaje, tras abonar la tarifa correspondiente, en su caso, con independencia de la franquicia a que tenga derecho el pasajero. Como norma general, estos animales deben ir facturados y estibados en la bodega del avión, donde irán colocados en un recipiente o contenedor que puede ser obtenido en algunas compañías aéreas. No obstante, algunas aerolíneas permiten que los pasajeros transporten animales pequeños en la cabina, como equipaje de mano. Si van debidamente acondicionados, pueden viajar con sus dueños en la cabina de pasajeros, siempre que el pasajero, además de los requisitos anteriores, se preocupe de su cuidado y transporte durante el vuelo, sin causar molestias a los pasajeros de asientos vecinos.

    Para ello habrá de respetar tanto las medidas máximas del recipiente (45 x 35 x 25 cm.) como las condiciones de peso máximo permitido del animal con su recipiente o jaula, que no podrá exceder de 6 kg. Tenga en cuenta que las compañías aéreas pueden limitar el número de animales domésticos que viajen en cabina y que no permiten el viaje en cabina de aquellos animales que por sus características, mal olor, etc., puedan ser molestos para el resto de los pasajeros y de la tripulación.

    Perros lazarillo


    El perro amaestrado para la misión de perro guía que acompañe a un pasajero invidente, en general, viajará en cabina, salvo que lo impidan regulaciones nacionales o de las compañías aéreas. Por su transporte, tanto en cabina como en bodega, no deberá abonar ninguna cantidad. No es preciso trámite alguno en este caso, basta que vaya debidamente equipado con bozal, collar y correa. En el caso de que viaje en cabina, irá junto al pasajero en el lugar que le asigne la tripulación.

    Viajar dentro de la Union Europea con mascotas


    La normativa que regula la introducción y el movimiento de animales de compañía en el ámbito de la Unión Europea es el Reglamento 998/2003, que legisla sobre el movimiento de estos animales entre los países miembros de la UE, y refuerza las normas aplicables a los perros, gatos y hurones que entran en la UE procedentes de terceros países, a fin de evitar el riesgo de rabia y otras zoonosis.

    viajar con mascotas


    El pasaporte de la Unión Europea para animales de compañía es el sistema aprobado en la UE para registrar el control de zoonosis en perros, gatos y hurones (para otros animales de compañía no existe una legislación armonizada a nivel de la UE, por lo que se aplica la legislación nacional). Este pasaporte facilita los controles veterinarios y simplifica la vida para los dueños de mascotas que viajan, ya que se trata de un sistema común que se aplica para todos los países de la UE (con algunas excepciones temporales para el Reino Unido, Irlanda, Malta y Suecia). Aquellos animales pertenecientes a personas que vivan en uno de los territorios no continentales pertenecientes al ámbito de la UE (por ejemplo, Martinica o las Islas Canarias), pueden utilizar el pasaporte para animales de compañía si viajan hacia o desde los siguientes territorios:

    • Groenlandia y las Islas Feroe (pasaporte danés para animales de compañía)

    • Guyana Francesa, Guadalupe, Martinica, Reunión (pasaporte francés)

    • Islas Canarias (pasaporte español)

    • Azores y Madeira (pasaporte portugués)

    • Gibraltar (pasaporte específico gibraltareño para animales de compañía no procedentes de Reino Unido).


    Para identificar a su mascota de una forma eficaz que no de lugar a equívocos, y que permita conectar a la mascota con el pasaporte que certifica los tratamientos sanitarios, se utiliza el sistema de identificación electrónico (microchip). Hasta el 3 de julio de 2011, se permite un tatuaje como una forma alternativa de identificar el animal, excepto para el Reino Unido, Irlanda y Malta donde ya es obligatorio el microchip. El microchip deberá cumplir con la norma ISO 11784 o el anexo A de la norma ISO 11785. En caso contrario, el propietario o su representante deberá facilitar los medios para su lectura.

    Para viajar por Europa con mascotas, es obligatoria la vacunación antirrábica (los animales menores de tres meses de edad, que todavía no puedan ser vacunados, podrán ser autorizados a viajar sin vacunación bajo las condiciones definidas por cada Estado miembro. Es conveniente que consulte en el consulado correspondiente). Para la entrada de animales en Irlanda, Suecia, Malta o el Reino Unido, después de la vacunación antirrábica, debe llevarse a cabo una valoración de anticuerpos antirrábicos (una prueba para ver si la vacuna ha sido eficaz) que verifiquen que el animal está protegido eficazmente contra la rabia, con un mínimo de 0´5 UI.

    Los animales de compañía que proceden de un país que no pertenece a la UE (excepto Andorra, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega, San Marino, Suiza y el Vaticano, donde se aplican las mismas normas), están sujetos a controles de su documentación e identidad por las autoridades competentes en los puntos de entrada para viajeros.

    Cuando viajan más de 5 animales, los requisitos y los controles que se apliquen a estos animales, serán los aplicables a los movimientos comerciales (véase la página Web correspondiente a estos temas).

    Si va a viajar a un Estado miembro de la UE desde un país que no pertenece a la UE, en principio no puede utilizar el pasaporte para animales de compañía, ya que sólo se utiliza para las mascotas que viajan entre los Estados miembros de la Unión Europea. Sin embargo, también puede utilizar el pasaporte para animales de compañía si viaja hacia o desde uno de los países vecinos donde el estatus de rabia coincida con el estatus de la UE. Esto incluye: Andorra, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega, San Marino, Suiza y el Estado de la Ciudad del Vaticano.

    Para las mascotas que entran en la Union Europea desde otro país, hay dos posibilidades:

    • Que procedan de un país con una situación favorable en relación con la rabia y la sanidad animal (para más información sobre esta lista de los países, puede seguir este vínculo: Europa.eu

    • O bien que procedan de un país que no aparece en la lista que figura en el vínculo anterior, lo que significa que la rabia puede ser endémica entre los animales domésticos del país. En este caso, su mascota debe ser vacunada y obtener una titulación de anticuerpos antirrábicos adecuada tres meses antes de entrar en cualquier país de la UE, a excepción de Irlanda, Suecia, Malta y el Reino Unido, donde será necesario mantener al animal en cuarentena, o haber realizado la titulación con seis meses de antelación a la entrada en estos países.

    En algunos países exigen un certificado de buena salud emitido por un veterinario. Para homogeneizar dicha documentación, la Comisión aprobó un modelo de certificado sanitario para los desplazamientos sin ánimo comercial de animales de compañía (perros, gatos y hurones) que entran en la UE procedentes de terceros países, en virtud de la Decisión 2004/824/CE, que entró en vigor el 3 de julio de 2004. Este documento sólo se puede adquirir en los establecimientos veterinarios, donde el veterinario se lo cumplimentará después de explorar al animal para verificar sus condiciones sanitarias.

    El modelo de certificado sanitario aprobado por la Comisión es el que figura en el siguiente vínculo: Europa.eu.

    Su veterinario debe cumplimentar el certificado sanitario, ya sea en inglés o en el idioma del país al que se viaja. Si su veterinario no tiene el certificado sanitario, se puede descargar desde la página Web anterior, como documento de Word en el idioma del país de la UE al que se desplazan.

    El certificado deberá ir acompañado de la documentación necesaria (pasaporte de mascotas, cartilla sanitaria con vacunas actualizadas), o una copia certificada de la misma, incluidos los detalles de la vacunación y el resultado de la prueba serológica. Esta documentación deberá llevar los datos de identificación del animal de que se trate. El certificado es válido para los movimientos dentro de la UE por un período de cuatro meses a partir de la fecha de expedición o hasta la fecha de expiración de la vacunación, lo que sea antes.

    Por último, un animal originario de un Estado miembro que se quedó temporalmente en un tercer país, podrá volver al territorio de la Unión Europea si va acompañado de su pasaporte, siempre y cuando el animal cumpla con las normas que se aplican a las entradas desde el tercer país en el que se quedó. Es posible que necesite una titulación de anticuerpos antirrábicos.

    7.e. Viajes fuera de Europa: Si viaja usted con su mascota a un país extracomunitario, para poder reintroducirlo en la UE sin problemas, es aconsejable disponer de la prueba de titulación de anticuerpos antirrábicos realizada antes de la salida del animal al extranjero, a fin de que cumplan todos los requisitos sobre su regreso. Después del test de anticuerpos antirrábicos, los animales deben recibir revacunaciones a intervalos regulares prescritos por el laboratorio productor de la vacuna. Si no se respetan las normas de revacunación, el animal tendrá que ser titulado de nuevo después de una nueva la vacunación y la mascota volverá a ser considerada de conformidad con las normas sólo tres meses después del análisis.

    Los ciudadanos de países que no pertenecen a la UE, y que vayan a vivir en la UE con su mascota durante varios años, pueden obtener un pasaporte para animales de compañía para su uso en la UE durante este tiempo, debiendo ponerse en contacto con un veterinario en cualquiera de los Estados miembros de la UE para obtener la vacunación necesaria y un pasaporte para su mascota.

    7.f. Mascotas que viajan a exposiciones o concursos: Las normas aplicables a las mascotas que viajan solas, sin su propietario, para participar en una feria o exposición. Se aplican las mismas reglas que se aplicarían para regular los desplazamientos de animales sin ánimo comercial. El nuevo sistema considera "la circulación comercial" aquella en la que los animales se desplazan a otro país para ser vendidos, mientras que todos los demás tipos de movimiento son "no comerciales". Por lo tanto los viajes de animales que van a exposiciones, etc., se consideran movimientos "no-comerciales", por lo que, para viajes dentro de la UE, el animal debe ir acompañado del pasaporte para animales de compañía. Los animales procedentes de terceros países no pertenecientes a la UE deberán ir acompañada de los correspondientes certificados sanitarios u otros documentos que se requieran específicamente en el país de destino.

    Gracias a: Mascotas Cadiz
    Comentarios
    Añadir nuevo
    celia  - mas informacion de viaje en avion en america   |2009-12-27 14:54:53
    Hola tengo mis mascotas que miden 15 cm por 25 de largo y necesito saber que empresa aerea me acepta con ella quiero viajar a Chile desde ya muchas gracias espero su respuesta pronto. Celia
    Escribir comentario
    Nombre:
    Email:
     
    Website:
    Título:
    Código UBB:
    [b] [i] [u] [url] [quote] [code] [img] 
     
     
    :angry::0:confused::cheer:B):evil::silly::dry::lol::kiss::D:pinch:
    :(:shock::X:side::):P:unsure::woohoo::huh::whistle:;):s
    :!::?::idea::arrow:
     
    Comenta tu opinión sobre este artículo. Nos interesa tu punto de vista. Por favor, los comentarios no son un formulario para realizar preguntas ni una forma de contacto. Si necesitas ayuda, dirígete a los foros. Este formulario se destina exclusivamente a comentar el artículo. Antes de realizar preguntas o transmitir tus dudas, por favor lee el comunicado acerca del uso de los foros, si quieres ayudarnos, resuelve las dudas en los foros sobre mascotas, es gratis y recibirás respuesta por parte de la comunidad. Muchas gracias por tu colaboración.

    3.26 Copyright (C) 2008 Compojoom.com / Copyright (C) 2007 Alain Georgette / Copyright (C) 2006 Frantisek Hliva. All rights reserved."

     
    Artículos más leidos
    Inicio
    Noticias
    Perros
    Gatos
    Acuario
    Exoticos
    Aves
    Roedores
    Equidos
    Wiki
    Cielo
    Foro
    Adopciones
    Celebridades
    Protectoras
    Organizaciones
    Legislacion
    Curiosidades
    Literatura
    Citas sobre mascotas
    Audiovisuales
    Boletin gratuito

    •  Recargar
      Escriba el codigo alfanumerico que aparece en la imagen. Por favor, es para evitar registros de robots de spam. (ignore las letras rojas)



    Si quieres recibir las novedades publicadas directamente en tu bandeja de entrada de correo electrónico o por feed, puedes suscribirte gratuitamente.

    Por feed

    Por email

    También puedes recibir novedades sobre mascotas y protección animal gracias a nuestro canal en la red social Twitter:


    Gracias.
    Animalistas conectados
    Tenemos 25 invitados conectado(s)